- Constitución 1978. Título II. De la corona Artículo 56.3
La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65.2.
- Artículo 64
1.- Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99, serán refrendados por el Presidente del Congreso.
2.- De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden.
- Si «al emérito» la Constitución le avala, se deduce o da a entender que, el latrocinio y las comisiones cobradas han sido refrendadas por los distintos Gobiernos.
Entonces la Fiscalía y los Letrados del Congreso deben pedir cuentas a los responsables de esos delitos.
José Enrique Centén Martín